ELECCIONES AL CONSEJO ESCOLAR 2022-2023

Estimadas familias:
En este curso se debe renovar la primera mitad del Consejo Escolar del centro, constituido por primera vez en el curso 2004/2005.

Para ello hay que elegir:

– Un representante de los padres
– Dos representantes de los profesores
– Un representante de los alumnos.

La norma legal que regula el proceso, los censos para su consulta, el calendario, etc., están expuestos en el tablón de anuncios de la portería.
Les enviamos un resumen de lo más significativo en relación con estas elecciones, así como el calendario.

Normativa reguladora

La normativa aplicable a la renovación de los consejos escolares es la siguiente:

a) Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
b) Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
c) Orden de 22 de noviembre de 2004 (BORM 7 de diciembre), de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula la constitución y procedimiento de elección de los consejos escolares de los centros concertados de Educación y Cultura.
d) Orden de 15 de febrero de 2007, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se modifica el texto de la Orden de 22 de noviembre de 2004.

Candidaturas

Las candidaturas deberán presentarse por escrito, a la Junta Electoral, en el plazo establecido en el calendario electoral.
La proclamación de candidaturas se realizará mediante la exposición en el tablón de anuncios del Colegio.

Votación

La votación para la elección de representantes de padres, profesores y alumnos en el Consejo Escolar del Colegio será personal, libre, directa y secreta. En ningún caso será admitido el voto por representación.
Por razones laborales, de enfermedad, de ausencia, u otras consideraciones, los electores podrán emitir su voto por correo, para lo cual deberán presentarse personalmente en el Colegio, en el plazo convenido, y solicitar la documentación necesaria a tal fin.

Normas especiales para la elección de representantes de los padres

En la elección de representantes de los padres de alumnos en el Consejo Escolar son electores los padres y madres, o tutores legales de los alumnos matriculados en las correspondientes enseñanzas concertadas en el momento de celebrarse las elecciones.