CARTA DEL AMPA AL COLEGIO: RENOVACION DEL CONSEJO ESCOLAR

El AMPA del colegio Santa Joaquina de Vedruna Carmelitas Cartagena, quiere mostrar a través de este escrito su desconcierto, malestar y preocupación ante el oscurantismo con el que se está dando a los padres y madres del colegio la información para la futura renovación del Consejo Escolar del centro.

El AMPA, al igual que los padres y madres del centro, no ha recibido ninguna información oficial, ni a través de ningún otro medio al respecto, es más, nos consta que ni siquiera se ha informado a todos los miembros del Consejo Escolar de estas elecciones y de sus plazos.

La única información disponible a la renovación está en el tablón de anuncios que hay en el interior del colegio. Un tablón de escaso acceso, ya que cabe recordar que todavía están vigentes las medidas Covid en el ámbito educativo.

¿Cómo es posible que con las facilidades que tiene el centro para darnos esta información, tengamos que llegar a estos extremos? ¿Qué puede haber cambiado tanto desde el año 2018 (ultimo proceso de renovación del Consejo Escolar) hasta ahora para que no se nos facilite la información?

En dicho año, como podemos observar en el «Anexo 1» a este escrito, el 23 de octubre de 2018, Don José Luis Pérez de León, entonces director del centro mandó un email completísimo en el que venían perfectamente explicados y delimitados los plazos, normativa, candidaturas, procedimiento electoral, etc.

Curiosamente dicho correo electrónico iba firmado por la actual directora del centro, Doña Concepción Pastor Núñez de Castro.

¿Qué razón puede haber para que un centro que siempre se ha caracterizado por el trato cercano e incluso cariñoso con las familias haga que ahora nos sintamos extraños y excluidos?

 

El AMPA del colegio Santa Joaquina de Vedruna y Don Manuel Alcaraz en su representación.

 

 

ANEXO 1

De: José Luis Pérez de León vía Clickedu <sends@clickedu.eu>
Date: mar., 23 oct. 2018 12:38
Subject: Renovación del Consejo Escolar

 

Queridos amigos:

En este curso se debe renovar la primera mitad del Consejo Escolar del centro, constituido por primera vez en el curso 2004/2005 y que se ha ido renovando por mitades cada dos años.

Para ello hay  que elegir:

–       un nuevo representante de los padres

–       dos de los profesores

–       un representante de los alumnos.

 La norma legal que regula el proceso, los censos para su consulta, el calendario, etc., están expuestos en el tablón de anuncios de la portería.

Les enviamos un resumen de lo más significativo en relación con estas elecciones, así como el calendario.

Normativa reguladora

La normativa aplicable a la renovación de los consejos escolares es la siguiente:

a)     Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE 4 de julio), reguladora del derecho a la educación, (LODE).

b)     Orden de 22 de noviembre de 2004 (BORM 7 de diciembre), de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula la constitución y procedimiento de elección de los consejos escolares de los centros concertados.

c)     Orden de 15 de febrero de 2007, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se modifica el texto de la Orden de 22 de noviembre de 2004.

d)     Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE del 10) (LOMCE).

 

Candidaturas

Las candidaturas deberán presentarse por escrito, a la Junta Electoral, en el plazo establecido en el calendario electoral.

La proclamación de candidaturas se realizará mediante la exposición en el tablón de anuncios del Colegio.

Votación

La votación para la elección de representantes de padres, profesores y alumnos en el Consejo Escolar del Colegio será personal, libre, directa y secreta. En ningún caso será  admitido el voto por representación.

Por razones laborales, de enfermedad, de ausencia, u otras consideraciones, los electores podrán emitir su voto por correo, para lo cual deberán presentarse personalmente en el Colegio, en el plazo convenido, y solicitar la documentación necesaria a tal fin.

 

Normas especiales para la elección de representantes de los padres

En la elección de representantes de los padres de alumnos en el Consejo Escolar son electores los padres y madres, o tutores legales de los alumnos matriculados en las correspondientes enseñanzas concertadas en el momento de celebrarse las elecciones.

En el supuesto de que la patria potestad se encuentre conferida a uno sólo de los padres éste será el elector.

Para ejercer su derecho a voto los electores habrán de identificarse mediante la presentación del DNI, carné de conducir o pasaporte.

A C T  I  V  I  D  A  D  E  S

F  E C H A S

1

Elaboración del Censo electoral 19 de octubre 2018

2

Sorteo de los componentes de la Junta Electoral 19 de octubre de 2018

3

Constitución de la Junta Electoral 19 de octubre de 2018

 

3.1 Aprobación del censo y, en su caso, fijación del calendario electoral 22 de octubre de 2018

 

3.2 Publicación del censo 22 de octubre de 2018

 

3.3 Período de reclamaciones el censo del 23 al 29 de octubre de 2018

 

Resolución de reclamaciones al censo 30 de octubre de 2018

4

Publicación censo definitivo 31 de octubre de 2018

5

Plazo de presentación de candidaturas del 5 al 11 de noviembre de 2018

 

5.1 Publicación de listas provisionales de candidatos 11 de noviembre de 2018

 

5.2 Reclamaciones 12 de noviembre de 2018

 

5.3 Resolución de las reclamaciones. Aprobación del modelo de papeletas 13 de noviembre de 2018

 

5.4 Publicación candidaturas. Listas definitivas 13 de noviembre de 2018

6

Inicio del plazo de solicitud del voto por correo 14 de noviembre de 2018

7

Final de plazo de solicitud del voto por correo 19 de noviembre de 2018

8

Constitución de la Mesa Electoral y celebración de elecciones

22 de noviembre de 2018

9

Proclamación de candidatos electos y suplentes 22 de noviembre de 2018

10

Sesión de constitución del Consejo Escolar Renovado 30 de noviembre de 2018

 

Recibe un cordial saludo.

Concepción Pastor Núñez de Castro